III
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR LA CONVERSION DE SEPARACION DE CUERPOS EN SENTENCIA DE DIVORCIO, de los ciudadanos LUIS ENRIQUE BRAVO PEREZ y GISELLE NAKARY QUINTERO ACUÑA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.453.416 y V-16.341.673, respectivamente, y disuelto el vinculo matrimonial que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 11 de Julio del año 2008, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Las Minas del Municipio Baruta del Distrito Capital, según consta en el acta de matrimonio numero 48, correspondiente a los libros de Registro Civil de Matrimonio del año 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 765 del Có.....