Ahora bien, este Tribunal previa revisión de las actas procesales evidencia que la Sociedad Mercantil TOYOTA INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 13 de febrero de 1987, debidamente representada por los abogados ZULAY BÁRBARA JANSE PÉREZ, OMAR ALEXANDER LANDAETA ZAMBRANO y BETTY GABRIELA RODRÍGUEZ CRUZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 16.071, 76.618 y 156.572, respectivamente, solicitan TITULO SUPLETORIO, a los fines de la tramitación de la presente solicitud para admitir este Tribunal observa: que la dirección de las bienhechurías que consta del documento de propiedad consignado, excede de la competencia territorial atribuida a los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, tal y como lo establece el artículo 22 de la Resolución No. 100, de fecha 19 de Jul.....