Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de DIVORCIO 185-A, de los ciudadanos CLAUS CIBILS GRIFFITHS y CORINA INÈS JIMÈNEZ GÒMEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.945.635 y 13.409.729, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 15 de Octubre de 2002, por ante las autoridades civiles del Concejo Municipal de Baruta del Estado Miranda, conforme se evidencia en acta de matrimonio, anotada bajo el No. 16 de los Libros de Matrimonios llevados por la referida Autoridad Civil.
SEGUNDO: Se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Est.....