declara CONSUMADO el convenimiento de la demanda que efectuase el ciudadano Andrés Yamin Gitani, actuando en su condición de Director de la sociedad mercantil Inversiones Hasna C.A., debidamente asistido por el abogado Eduardo Jesús Yanes Fernández Feo, mediante escrito autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Autónomo Chacao del Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 29.03.2012, bajo el N° 40, Tomo 65, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, en la pretensión de Cobro de Bolívares (vía Intimatoria), deducida por la sociedad mercantil Venezolano de Crédito S.A., Banco Universal, en razón de lo cual, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil