Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por el abogado JIMMY JONATHAN BAUTISTA VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.134.905, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 147.569, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FELIX JUAN CAIRO ERICE, de nacionalidad cubana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. E-84.552.754, en su carácter igualmente de abogado asistente de la ciudadana JOSEFINA NUÑEZ ALVAREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-8.675.114, mediante la cual manifiestan a este Tribunal su voluntad de separarse de cuerpos, según las cláusulas contenidas en el escrito que antecede y en las cuales ellos han convenido y en virtud de la Resolución dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en fecha Dieciocho (18) de Marzo de Dos mil nueve (2009), Nº 2009-0006, Pub.....