III
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR, la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, intentada por INVERSIONES IDEPAS, C.A. en contra de la ciudadana ANA GENOVEVA VASQUEZ ANDRADE, todos plenamente identificados en la parte inicial del presente fallo.-
En consecuencia, se resuelve el Contrato de Opción de Compra-Venta, celebrado por las partes en fecha 04-08-2008, por ante la Notaría Pública Quinta del Municipio Chacao del Estado Miranda, bajo el N° 64, Tomo 69, de los Libros llevados por esa Notaría.
Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.
Se ordena la notificación de las partes de la presente decisión, toda vez.....