Se dictó y publicó Sentencia Interlocutoria Con Fuerza de Definitiva mediante la cual se Homologó el desistimiento presentado por la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.- Igualmente, se ordenó la suspensión de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en la causa, y la devolución de los originales solicitados.-