Este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado a los folios 2 al 5 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador JAIDER DANIEL CARDONA AVELLANEDA le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL VEINTICUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 4.793.024,55), cuyo pago fue realizado mediante dos (02) cheques, el primero de ellos en cheque de gerencia librado contra el Banco Venezolano de Crédito a su nombre, distinguido con el número 00116160, de fecha 07/10/2016 por la cantidad de Bs.4.734.546,27, y el segundo de ellos en .....