"(...) este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de mediación, y revisado como ha sido el contenido de dicho escrito, observada la debida asistencia y representación jurídica, y al no encontrarse vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA el referido pago en los términos legales en ésta especificados en el escrito supra referido otorgándole el carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.283 y sgtes. del Código Civil, salvo en lo establecido en la estipulación CUARTA:: donde se señala:
"(...) Vista las declaraciones antes expuestas por "LAS PARTES" que suscriben el presente acuerdo, las mismas RENUNCIAN y DESISTEN del ejercicio de cualesquiera otras acciones sean civiles, mercantiles, laborales, penales o de cualquier indole que puedan derivarse de la relación que los vin.....