Por todos los racionamientos antes expuestos, este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: que de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 258, a impartir su HOMOLOGACION del presente acuerdo TRANSACCIONAL, entre el ciudadano EXTRABAJADOR WILLIAM FELIPE FERRIGNO MATERANO y la entidad de trabajo GERENCIA DE SEGURIDAD INTEGRAL GSI, CA y los ciudadanos: LUIS GONZALO LARRAZABAL VERA, titular de la cédula Nº V.- 7.683.316 y GONZALO JOSE LARRAZABAL EDUARDO, titular de la cédula Nº V.-1.734.905 . DIOS Y FEDERACIÓN