DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la prescripción de la acción alegada por la demandada.- SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MORELBA OVALLES contra FUNDACION MISION CULTURA, partes identificadas al inicio de la presente sentencia. TERCERO: No se condena en costas a la parte actora. CUARTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, de conformidad con el artículo 86 del Decreto con Fuerza y Rango de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCU.....