VI. PARTE DISPOSITIVA
Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por la ciudadana YUDITH DEL CARMEN PADRÓN RODRÍGUEZ, contra la Sociedad Mercantil OPTIMA COMUNICACIONES GROUP Y ASOCIADOS II, C.A., plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se ordena el reenganche de la trabajadora en las mismas condiciones y atribuciones que tenía para el momento del despido, en el cargo de "Asistente Gerencia General". Se ordena el pago de los salarios caídos dejados de percibir desde la notificación de la demandad hasta la fecha del reenganche de la trabajadora con base al salario mensual de Bs. 4.200,00, tomándose en cuenta los aumentos que por vía legal y conven.....