Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas declara: Primero: Negada la admisión de la prueba de Exhibición de originales de los recibos de pagos correspondientes a los meses febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2008; Segundo: Admitidas las Pruebas de: Exhibición de los originales de las documentales cursantes en el expediente a los folios 03 al 16, ambos inclusive del cuaderno de recaudos N° 1, correspondientes a copias de recibos de pagos semanales, la prueba Documentales y de la prueba de Informes promovidas por la parte actora en su escrito de pruebas.