IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo en contra del acto administrativo N° 00585/10, emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, de fecha 13 de octubre de 2010, solicitada por la sociedad mercantil SALA DE SONIDO Y VISIÓN C.A., (SOSAVICA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito y Estado Miranda, en fecha 16 de septiembre de 1971, bajo el Nro. 90, Tomo 65-A., No hay condenatoria en costas.-. Así se establece.-