Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Declina la competencia Funcional en los Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia, se ordena la remisión del presente asunto a la Coordinación Judicial del Régimen Procesal Transitorio, a los fines de que sea distribuido a los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución de ésta Circunscripción Judicial, para los tramites relacionados con la ejecución del referido fallo.- SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.- Y ASÍ SE DECIDE.-