En base a los razonamiento antes expuestos este JUZGADO DECIMO CUARTO (14) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AERA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de recurso de nulidad UNIDAD EDUCATIVA JOHANNES KEPLER, Asociación Civil sin fines de lucro, debidamente inscrita por ante la Oficina Subalterna del primer Circuito de registro del Municipio Libertador del Distrito capital, en fecha 13 de mayo de 1998, bajo el N° 33, tomo 17, protocolo primero; en contra del Acto Administrativo constituido por la providencia administrativa de efectos particulares contenida en la decisión Nº 06-2010 de fecha 12 de enero de 2010, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO PEDRO ORTEGA DIAZ, SEDE CARACAS SUR, por la cual, declaró: "CON LUGAR la solicitud de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS interpuesta por la ciudadana AURISTELA MARQUEZ DE .....