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Con relación a la Exhibición de Documentos promovida en el Capítulo II del escrito de promoción de pruebas de los Recibos de Pago desde el día 28 de febrero de 2007 hasta el 30 de noviembre de 2007; de la Planilla de la Forma 14-02 del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS); y de la Carta de la empresa denominada PROGENTE SERVICIOS, C.A., de sustitución de patrono con la empresa RESTAURANT LE COQ D´OR, C.A., este Tribunal niega la admisión del referido medio probatorio, por cuanto el mismo resulta impertinente, en virtud de que los hechos que se pretenden probar no se constituyeron en controvertidos en el presente procedimiento. Con respecto a la pertinencia de la prueba ha señalado el DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO en su obra "CONTRADICCIÓN Y CONTROL DE LA PRUEBA LEGAL Y LIBRE", Editorial Jurídica Alva, Tomo I, pág. 98, lo siguiente: "(...) la pertinencia es un concepto diferente al de la conducencia. Este está ligado a la posibilidad abstracta de conducir hec.....