VI
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, interpuesto por los abogados Alexis Pinto D’Ascoli y Guillermo Trujillo, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.322 y 56.554, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil CAPITALES AGROPECUARIOS, S.A. (CAPAGRO), inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la circunscripción judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el Nro. 20, Tomo 70-A de fecha 7 de octubre de 1968, y de la empresa ARENERA LA MARRÓN, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el Nro. 7, Tomo 86-A Pro, de fecha.....