DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
1.- SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por los Abogados Humberto Simónpietri Luongo, Juan Bautista Simónpietri Luongo y Atilio Agelviz Alarcón, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 2.835, 4.383 y 4510, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana JULIA ENCARNACIÓN LARA DE GUZMÁN, titular de la Cédula de Identidad número 2.941.92, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 0138 del 19 de julio de 2005, notificada por Oficio Nro. 133/05 de fecha 16 de septiembre de 2005, de la revocatoria del nombramiento al cargo de Supervisor, adscrito a la Dirección General de Educación, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, contenido en el Oficio Nro. 385 del 28 de mayo de 2005.
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