DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional cautelar, por la abogada Ana Yelitza de Abreu Pereira, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 110.961, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad de comercio, SANTA BÁRBARA AIRLINES, C.A., sociedad inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial Estado Zulia en fecha trece (13) de junio de 1995, bajo el N° 39, tomo 37-A, modificados sus Estatutos en varias oportunidades, siendo la última de ellas la inscrita en fecha 21 de agosto de 2006, bajo el Nro. 10, tomo 69-A, contra el Auto que forma parte del expediente Nro. 036-2009-06-00000081, de fecha 14 de septiembre de 2009, emanado de.....