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DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Luis Leonardo Leon Fernández y Yudelkis Karina Duran Astor, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 84.846 y 91.719, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Gloria Marin Dawson, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.573.250 contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº DA-RRHH-I-2011-284 de fecha 07 de Octubre de 2011 emanada de la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, y en consecuencia:
- PROCEDENTE la nulidad de la Resolución Nº DA-RRHH-1-2011-284 de fecha 07 de Octubre de 2011, por medio de la cual el Alcalde del Municipio Baruta destituyó a la ciudadana Gloria Adelfa Marín Dawson del cargo de.....