Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta por la abogada Clara Mora, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante, contra la decisión de fecha 23 días del mes de mayo de 2016, emanada del Juzgado Décimo Primero (11º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia sobre la cual se interpuso la solicitud de regulación de competencia, por las razones indicadas en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: SE DECLARA INCOMPETENTE por la materia al Juzgado Undécimo (11º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo el Área Metropolitana de Caracas.