Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 6 de octubre de 2015, ratificada el día 8 de octubre de 2015, por la abogado MIRIAM CONTRERAS, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 21 de septiembre de 2015, dictada por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por la ciudadana AMELIA DE JESÚS DE MARTINS contra ADMINISTRADORA DANORAL C.A.. SEGUNDO: LA NULIDAD de lo actuado a partir del 6 de agosto de 2015, exclusive, con excepción de los escritos presentados por las partes y el acto conc.....