Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 01 de marzo de 2011, por la abogada LUCÍA PÉREZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 24 de febrero de 2011 por el Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano FREDDY OMAR GONZÁLEZ VIVAS en contra de la empresa FUENTE DE SODA CLÍNICA SANTA SOFÍA, C.A. por concepto de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: SE ANULA de oficio la sentencia dictada en fecha 24 de febrero d.....