Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 27 de marzo de 2009, por la abogado FABIOLA NAZARETT en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 02 de octubre de 2008, en el juicio seguido por los ciudadanos NIRAI LOMBARDO MIJARES y JOSÉ ANTONIO LOMBARDO MIJARES contra COMPAÑÍA 0010 PROSEGUROS, C.A. SEGUNDO: REVOCA el auto de fecha 02 de octubre de 2008. TERCERO: ORDENA al Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circui.....