Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el amparo cautelar interpuesto por INVERSIONES EL CREPÚSCULO, C.A., con motivo de la demanda de nulidad interpuesta contra el acto administrativo de efectos particulares No. GCVCRS-PSO23-2015 de fecha 2 de junio de 2015 dictado por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores de Distrito Capital y estado Vargas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, en el cual se impuso una multa de Bs. 990.000,00, notificada a la empresa el 8 de junio de 2015; en consecuencia se ordena: PRIMERO: ABRIR cuaderno separado a los fines que contenga las actuaciones referentes a la medida, para que se tramite la oposición conforme a los artículo 104 de la Ley Orgánica de.....