Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la aclaratoria solicitada en fecha 28 de enero de 2014 por el abogado DAVID QUINTERO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 21 de enero de 2014, dictada por este Juzgado Superior en el juicio seguido por el ciudadano JOSÉ VALERIO ORTEGA, contra la sociedad mercantil LA POSADA DEL POLLO, C.A. SEGUNDO: QUEDA así aclarado y ampliado el fallo de fecha 21 de enero de 2014, téngase como parte integrante de la misma. TERCERO: No hay condenatoria en costas con respecto a la aclaratoria.