Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Único: Declara sin lugar la inhibición planteada por el ciudadano Julio Ramón Villafañe Riera, Juez Provisorio del Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, relacionada con el conocimiento del Asunto N° AP01-S-2010-026112, correspondiente a la causa seguida contra el ciudadano Leonardo Julio Capaldo Sapino, titular de la cédula de identidad Nº V-4.884.213, ello de conformidad con lo dispuesto en el articulo 89 numeral 8 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Regístrese, déj.....