Por la razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado MATIAS JOSE PIRONA VELAZCO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Cuarto, actuando en colaboración con la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de julio de 2010, por el Tribunal Tercero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y Sede, en la causa seguida en contra del acusado JOSE ALEXIS RIVAS PADRINO, con motivo de la Audiencia Preliminar celebrada, mediante la cual entre otros pronunciamientos, admitió parcialmente la acusación presentada por la Represe.....