Por los argumentos antes expuestos, esta Instancia Revisora con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Declara sin lugar, el recurso de apelación de auto interpuesto en fecha 24 de abril de 2017 por el ciudadano Roger Oswaldo Abreu, Defensor Público Primero de Violencia, adscrito a la Unidad de Defensoría Pública del estado Vargas, contra la decisión dictada en fecha 18 de abril de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del mismo Circuito Judicial, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano John José Peña Puerta, y por consecuencia, se confirma el fallo apelado.