Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda Accidental de Reenvío en lo Penal Para El Régimen Procesal Transitorio con competencia en Violencia Contra La Mujer de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la apelación interpuesta por las Abogadas SORIYER PARRA PEREZ y ANDRIMAR RAMIREZ LOZANO, en su carácter de Fiscala y Fiscala Auxiliar Undécima, respectivamente del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, y por la Abogada SHIRLEY N. JAEN, en su carácter de Apoderada Judicial de la víctima HERMA JOSEFINA MARQUEZ VILLASANA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.347.868, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 20 de enero de.....