Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado JESUS RAMON RIVERO MÁRQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 77.015, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSADELIA DEL VALLE NUÑEZ ALFONZO, titular de la cédula de identidad N° 5.970.447, en su condición de víctima, contra la decisión de fecha 18/05/2011, dictada por el Juzgado Tercero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra el ciudadano CARMELO JAVIER PÉREZ MENDEZ, titular de la.....