Este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en presencia de las partes, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: HOMOLOGA, el acuerdo reparatorio efectuado por el acusado PEDRO JOSÉ DAYEKH KANAKOLAK, previa admisión de los hechos por la comisión del delito de VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en el artículo 50 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en vista de la decisión dictada en fecha 12 de noviembre del 2012, mediante la cual se decretó el Acuerdo Reparatorio solicitado de conformidad con lo previsto en el articulo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, previa admisión de los hechos por la comisión del delito VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en el.....