En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 2 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: : Declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida presentada por la abogada, DULCE PEÑALOZA, actuando en su condición de DEFENSORA PUBLICA AUXILIAR UNDECIMA CON COMPETENCIA PENAL, ESPECIAL DE LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER del ciudadano, MICHAEL DANIEL COLMENARES ACOSTA titular de la Cedula de Identidad, V- 17.498.803, plenamente identificado en autos, por no haber variado las circunstancias que motivaron el decreto de la medida cautelar sustitutiva revisada. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese y Publíquese. Cúmplase.