PRIMERO: Se decreta MEDIDA PRECAUTELATIVA DE EMBARGO sobre la cantidad de SIETE MIL QUINIENTAS (7.500) ACCIONES, correspondiente al 50% de las acciones nominativas de la Sociedad Mercantil "MUNDO VOFF, C.A.", propiedad de la ciudadana FANNY JOSEFINA MÉNDEZ MOGOLLÓN, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.165.376, la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, protocolizado bajo el N° 67, Tomo 192-A Sgdo., de fecha 04 de octubre del año 2005, en consecuencia, esta Alzada ordena que la presente medida conste en el Libro de Actas que lleva la Sociedad Mercantil. Asimismo, ofíciese lo conducente al Registro Mercantil respetivo, y así se decide.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por (1) apartamento destinado a la vivienda distinguido con el N° 114, situado en el piso 10 del Edificio denominado "RESIDENCIAS FLORAL", .....