Este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha veinticinco (25) de noviembre del año dos mil catorce (2014), por el abogado SUSANA PELLICER y JOSÉ DE JESÚS GONZÁLEZ, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 45.173 y 33.352, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUAN CARLOS GONCALVES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.317.098, contra el auto dictado en fecha 12 de enero de 2015, por el Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial, en el expediente signado bajo la nomenclatura .....