En el dia de hoy 20-04-2012, se dicto sentencia, DECLARÓ DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de DIVORCIO CONTENCIOSO por no haber comparecido ninguna de las partes a la audiencia de juicio en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto de conformidad con lo previsto en el artículo 522 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En cuanto a las instituciones Familiares, se mantiene lo establecido en las sentencias interlocutorias dictadas en fecha 26/01/2012, en cuanto a la Custodia, Obligación de Manutención y el Régimen de Convivencia Familiar.