En merito de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de Revisión y Modificación de Custodia, incoada por el ciudadano FERNANDO ENRIQUE GAVIDIA DURAZÁN, Venezolano, mayor de edad, y de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-15.328.938, en contra de la ciudadana ANGIE JOHANNA RINCÓN DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-18.184.784.
En consecuencia, la Custodia del niño (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de nueve (09) años de edad, será ejercida por su progenitora la ciudadana A.....