...En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SEGUNDO (2DO.) DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por el ciudadano CESAR AUGUSTO SILVA DIAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.379.738, en beneficio del niño (SE OMITE SU IDENTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), quien actualmente cuenta con nueve (09) años de edad; la cual se ejecutará en el hogar del referido ciudadano en la siguiente dirección: Urbanización Simón Bolívar, Bloque 29, piso 3, Apto C-6, Catia, Municipio Libertador Distrito Capital; otorgándole la Responsabilidad de Cri.....