/*En el día de hoy, 03/10/2013, se publicó Resolución ordenándose REMITIR EL ASUNTO AP51-V-2011-002026 al Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección, con la finalidad de asegurar que el procedimiento se efectúe conforme a la normativa legal vigente, en consecuencia, se DESAPLICA por control difuso de la constitucionalidad la norma prevista en el último aparte del artículo 476 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por ser contrario en este caso específico, a lo dispuesto en los artículos 26, 56, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que garantizan una tutela judicial efectiva sin formalismos, el derecho a toda persona a conocer la identidad de sus padres y el deber del Estado de garantizar el derecho a investigar la maternidad - paternidad y la obligación de los jueces de no sacrificar la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.-