Este Juez Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, HOMOLOGA el Convenimiento de Modificación de Cambio de Residencia, el cual fue suscrito ante el mencionado Despacho, por los progenitores del adolescente XXXX, en fecha 04 de Julio de 2014, el cual es del tenor siguiente:
"...PRIMERO: El ciudadano MARCOS ANTONIO ROJAS COLMENARES, en lo adelante " Progenitor" del adolescente antes mencionad, autoriza en este acto a modificar la residencia o domicilio habitual de su hijo: XXXX , para la República de ESPAÑA ciudad de TENERIFE, en la siguiente dirección: Calle Nife 12 La Gallega, Santa Cruz de Tenerife N° 38107 Isla Canarias España, teléfono (0034-697792192) donde vivirá en compañía de.....