Se diariza por omisión/Se dicto Resolución, mediante la cual se HOMOLOGO, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el CONVENIMIENTO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, presentado por la Abogada VANESSA OLAYA, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes N° 294, adscrita a la Defensoria N° 004, ubicada en la Av. San Martín, Esq. Garita a Pescador, Centro de Atención Integral Capuchinos, y debidamente suscrita por los ciudadanos MARIANNY DEL CARMEN ROJAS CARIO y WILSON XAVIE CONTRERAS GUIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.937.636 y V-18.020.248, respectivamente, suscrito en fecha 28 de Enero de 2013, ante la referida Defensoria.