Se dicto Resolución, mediante la cual se declaro DESISTIDO, la presente solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, presentado por los ciudadanos EMIS ALEXI CAÑAS ALVAREZ y LUIS JOSE LEDEZMA DIAZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.952.244 y V-15.083.881, debidamente asistido por la Abogada NELIDA RANGEL FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 154.621, Abogada adscrita a la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita, Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, y en consecuencia se declara la EXTINCIÓN del proceso, todo de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente.