RESOLUCIÓN JUST. TEST. CARGA FAMILIAR CL DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara al niño (identificado en autos), de nueve (09) años de edad, como CARGA FAMILIAR de la ciudadana NAYESKA DEL CARMEN GARDORE AQUINO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad número V-14.645.740, a fin de que goce de todos aquellos beneficios que brinde la institución en la cual labora.