Se dicto sentencia definitiva mediante la cual , este juzgado declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos RAÚL ANTONIO PINTO FAJARDO y LENI ESTHER RODRÍGUEZ CARDOZO, el 9 de mayo de 2005, asentado bajo el acta Nº 132, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, en el año 2005.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, al Registro Principal Civil del Estado Miranda, con sede en Los Teques; así como a la Oficina Regional de Registro Civil (Estado Miranda) del Consejo Nacional Electoral (CNE), anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, ordenada su ejecución y cualquiera de los interesado.....