En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Confesa la parte demandada, y con lugar la pretensión de resolución de contrato contenida en la demanda incoada por el ciudadano Manuel Domingo Guerra Delgado contra la ciudadana Maria Eugenia Araujo, ambas partes plenamente identificadas en autos; por consiguiente, se declara resuelto el contrato de arrendamiento en que se fundamentó la demanda.
Segundo: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte accionante el siguiente inmueble: local comercial ubicado en la calle Cristo, entre Pasaje Margarita y Calle 5, Planta Baja, Edificio Seneca, Anexo al Apartamento nº 1, Municipio Libertador del Distrito Capital.
Tercero: Se condena a la parte demandada a.....