Se dictó sentencia la cual este Tribunal se declaró INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud presentada por los ciudadanos DALIA ROSA BENITEZ SOTO y JOSE ALBERTO DÍAZ RAMOS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: V-4.278.523 y V-4.422.703, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Maria del Carmen López López, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 195.528, antes identificada y en consecuencia, DECLINÓ LA COMPETENCIA al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Salías de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda