A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal se declaró INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos FARISADA ELIZABETH CABRERA TOUSSAINT y FRANCISCO ANTONIO POCATERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.983.902 y V-5.963.635, respectivamente, asistidos por el abogado IBRAHIM GORDILS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 12.868, y en consecuencia, DECLIÓ LA COMPETENCIA al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, a quien corresponda -previa distribución de Ley.