En virtud a las consideraciones realizadas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, ordena a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital, estampar la nota marginal al Acta de Defunción, perteneciente al ciudadano MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, signada con el Nro. 291, del año 1995, de la siguiente manera: Donde se lee "ni hijos" se debe leer "deja dos (2) hijos que llevan por nombre JENNYFER ALEJANDRA RODRIGUEZ SANTIAGO y EDWARD LUIS RODRIGUEZ SANTIAGO; Y así se declara. Líbrense los oficios a las autoridades respectivas y anéxese a las mismas copias certificadas de la presente decisión. Líbrese oficio. Así se decide.-