Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos EDINSON PAYARES BALDOVINO y JUDITH DEL SOCORRO SÁNCHEZ DE PAYARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.586.460 y V-14.690.237, respectivamente; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído, en fecha 20 de enero de 1979, por ante la Parroquia de Santa Marta, Barraquilla, Colombia, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el N°.4269, folio 199 del libro 10, la cual fue presentada para su inserción en los libros de matrimonios por ante el Municipio Baruta Distrito Sucre del Estado Miranda (hoy) Municipio Baruta, en fecha 4 de abril de 1983, según consta e.....